Tribunal Supremo español declara que un beso no consentido es un delito de agresión sexual: "Es un ataque a la intimidad"

La fuente de esta noticia es: EMOL

El Tribunal Supremo español (TS) establece en una sentencia que un beso sin el consentimiento expreso o tácito constituye un delito de agresión sexual, al ser una “intromisión en la libertad sexual” de la víctima con el propósito de “obtener una satisfacción a costa de otro”.
Con esta resolución, que fue conocida este martes, el TS confirma la condena de un año y nueve meses de cárcel que fue impuesta a un agente policial que dio un beso en la mejilla y que después intentó darlo en los labios a una detenida en la zona de las celdas sin su consentimiento.

Es lo que ocurrió con el agente condenado, que se aprovechó de que la víctima estaba detenida y la besó, según acreditó la resolución que lo sentenció en primera instancia, que también reflejaba que llegó a “mirarse directamente sus genitales y a resoplar para que la detenida se fijara en él”.
El tribunal cree que las circunstancias del caso no avalaban el consentimiento de la víctima, sino “todo lo contrario”, lo que “no evitó que se acercase y le diese un beso en la mejilla” e intentara darle otro en los labios, algo que la mujer evitó “volviendo la cara”.
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